EL MANUAL DE CONVIVENCIA QUE RIGE LA VIDA INSTITUCIONAL
Funciones de rectora:
decreto 1860:
ARTICULO 25. FUNCIONES DEL RECTOR. Le
corresponde al Rector del establecimiento educativo:
a). Orientar la
ejecución del proyecto educativo
institucional y aplicar las decisiones del gobierno escolar.
b). Velar por el
cumplimiento de las funciones docentes y el oportuno aprovisionamiento de los
recursos necesarios para el efecto.
c). Promover el
proceso continuo de mejoramiento de la calidad de la educación en el
establecimiento.
d). Mantener activas
las relaciones con las autoridades educativas, con los patrocinadores o
auspiciadores de la institución y con la comunidad local, para el continuo
progreso académico de la institución y el mejoramiento de la vida comunitaria.
e). Establecer
canales de comunicación entre los diferentes estamentos de la comunidad
educativa.
f). orientar el
proceso educativo con la asistencia del Consejo Académico.
g). Ejercer las
funciones disciplinarias que le atribuyan la ley, los reglamentos y el manual
de convivencia.
h). Identificar las
nuevas tendencias, aspiraciones e influencias para canalizarlas en favor del
mejoramiento del proyecto educativo institucional.
i). Promover
actividades de beneficio social que vinculen al establecimiento con la
comunidad local.
j). Aplicar las
disposiciones que se expidan por parte del Estado, atinentes a la prestación
del servicio público educativo.
k) Las demás
funciones afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el
proyecto educativo institucional.
FUNCIONES DE LOS
DOCENTES: para
el colegio los docentes juegan un papel vital y transcendental tanto en la
formación de los estudiantes como en la de los demás estamentos de la comunidad
educativa, por tal razón el docente de la INSTITUCION EDUCATIVA MALTERIA se
caracteriza por ser una persona:
1.
Co
gran sentido de humanidad.
2.
Comprometido
con la filosofía dela institución
3.
Con
alto sentido de responsabilidad, tolerancia, apertura al dialogo, espíritu de
solidaridad y exigencia.
4.
Con
actitud constante de actualización y superación personal.
5.
Con
asertividad para la toma de decisiones y la resolución problemas.
6.
Con
criterio de justicia, seguridad, lealtad y equilibrio emocional.
FUNCIONES DE COORDINADORES: de acuerdo
a la ley en las instituciones donde existe un número de estudiantes menor a 500
estudiantes no existen coordinadores académicos y de disciplina.
No hay comentarios:
Publicar un comentario